REGIMEN DE ASCENSOS DE FUNCIONARIOS PUBLICOS. ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 31/07/1996
Publicación: 14/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 145
Referencias a toda la norma

TITULO II - CONCURSO
CAPITULO I - CONCURSO DE MERITOS Y ANTECEDENTES

Artículo 10

   Los ascensos a cargos de Jefe de Sección o equivalente de los
escalafones A a D y R se realizarán por concurso de méritos y antecedentes
en base a la puntuación del mérito del funcionario en el desempeño del
cargo, de la capacitación y de la antigüedad computable, con la siguiente
incidencia de cada factor:
 Mérito:       55%
 Capacitación: 35%
 Antigüedad:   10%
 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 12 y 13.
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