APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 1999




Promulgación: 28/10/1998
Publicación: 06/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 774
Referencias a toda la norma

TITULO V - DISPOSICIONES COMUNES
B) A TODAS LAS CLASES Y NUCLEOS FUNCIONALES

Artículo 53

En el marco del proceso de restructura, el Directorio autorizará las
transformaciones y adecuaciones necesarias en los cargos y las
consiguientes trasposiciones entre el Renglón "079312 - Previsiones para
eventuales ajustes por reestructura" y el Renglón "011311 - Sueldos
básicos de cargos presupuestados", con el fin de atender las
modificaciones de carácter funcional que respondan a la implementación de
la nueva estructura orgánica del Banco.
 Los ajustes que se originen por dicho motivo, deberá ser comunicados a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en cada oportunidad que el Banco
curse las adecuaciones presupuestales, referidas en el artículo 55º de
estas disposiciones, detallando las mismas con su justificación técnica y
económica.

 La presente previsión regirá para el ejercicio 1999, ajustada al grado de
desarrollo que imponga el cambio organizacional del Banco. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 59.
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