REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 68 Y 69 DE LA LEY 19.121, RELATIVOS AL AJUSTE EN EL REGIMEN PARA LA SUBROGACION DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 09/10/2014
Publicación: 14/10/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 715
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.121 de 20/08/2013 artículos 68 y 69.

Artículo 6

 Las subrogaciones dispuestas con anterioridad a la Ley N° 19.121 de 20 de
agosto de 2013, cesarán indefectiblemente al vencimiento de sus
respectivos plazos, pudiendo la autoridad competente disponer una nueva
subrogación de acuerdo a la presente reglamentación.
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