REGLAMENTACION DEL ART. 63 LITERAL L) DE LA LEY 18.437, RELATIVO A LOS CERTIFICADOS EXTRANJEROS Y LOS DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS QUE ACREDITEN LA CULMINACION DEL NIVEL MEDIO DE ENSEÑANZA




Promulgación: 26/08/2021
Publicación: 01/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.437 de 12/12/2008 artículo 63 literal L).
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   La documentación que se presente al amparo del artículo 1° del presente decreto deberá estar debidamente legalizada o apostillada según corresponda; salvo que razones humanitarias debidamente justificadas permitan prescindir de tales requisitos.
Ayuda