REGLAMENTACION DE LA LEY 18.600 RELATIVA AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ELECTRONICO DESARROLLADO EN LOS ORGANOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 03/09/2013
Publicación: 09/09/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 688
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.600 de 21/09/2009.
Referencias a toda la norma

Capítulo III - Expediente Electrónico

Artículo 20

 Desglose electrónico. Los desgloses electrónicos se realizarán copiando
las actuaciones a desglosar. Si la situación lo requiriere, dichos folios
o actuaciones podrán marcarse como secretos, confidenciales o reservados
en el expediente original.

En todos los casos, se dejará constancia de lo realizado en el expediente
a través de una actuación que dé cuenta de ello, y se deberán marcar las
actuaciones correspondientes como desglosadas.
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