REGLAMENTACION DE LA LEY 18.437, LEY GENERAL DE EDUCACION




Promulgación: 22/09/2014
Publicación: 29/09/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 618
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.437 de 12/12/2008 artículos 96, 97, 98, 99, 
100, 101, 102, 103 y 104.

Artículo 12

 Documentación.- Los CEIP deberán contar con la siguiente documentación,
vigente, la que deberá estar disponible en caso de ser solicitada por la
supervisión del MEC;

1.     Proyecto educativo de acuerdo al art. 104 de la ley que se
reglamenta.

2.     Control diario y mensual de asistencia de niños y niñas.

3.     Legajo de niños/as incluida copia de la cédula de identidad vigente
y de las vacunas y certificado de aptitud física al día, tal como figuran
en el Carné de Salud del Niño o Niña.

4.     Planificación y registro diario de actividades.

5.     Libro de ocurrencias diarias.

6.     Reglamento de funcionamiento para los funcionarios.

7.     Reglamento de funcionamiento para las familias.

8.     Planilla de Trabajo del MTSS, así como los datos del personal.

9.     Certificación de la Dirección Nacional de Bomberos.

10.     Certificado de Salubridad de la Intendencia correspondiente

11.     Cobertura de emergencia médica.
Ayuda