Las acciones judiciales que se hubieran iniciado para el cobro de las
multas con anterioridad a la suscripción del convenio de facilidades de
pago, quedarán en suspenso mientras se mantenga la vigencia del mismo,
permaneciendo mientras tanto vigentes las medidas cautelares en ellas
decretadas sin perjuicio de las reinscripciones que correspondan. (*)