APROBACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD SOCIAL POLICIAL (DNASSP) Y REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 18 DE LA LEY 19.315 Y 172 DE LA LEY 19.924
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 172,
Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 18 - TER.
CAPÍTULO I - ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 6
Funciones y deberes del Director- El Director de la DNASSP tendrá las siguientes funciones y deberes:
a) Asesorar a las autoridades policiales y ministeriales en las temáticas
comprendidas en los cometidos de la DNASSP.
b) Tomar a su cargo la planificación y funcionamiento de esta Dirección
en todo el territorio nacional.
c) Dirigir, supervisar y controlar las actividades tendientes al
cumplimiento de los cometidos de la DNASSP.
d) Dirigir y supervisar todas las Áreas, Unidades, Divisiones o
Departamentos que integran la DNASSP.
e) Administrar y gerenciar los recursos humanos, materiales y financieros
de la DNASSP.
f) Promover cursos de capacitación, perfeccionamiento o entrenamiento,
necesarios para optimizar el desempeño del personal bajo su mando.
g) Organizar conferencias, congresos y eventos similares, de interés para
el servicio y para la promoción de las prestaciones brindadas por la
DNASSP
h) Supervisar y suscribir los convenios de la DNASSP con organizaciones
sociales, instituciones, públicas o privadas, tendientes a obtener
beneficios para el personal policial y sus familias.
i) Definir protocolos y procedimientos internos de actuación.
j) Otorgar los actos y contratos necesarios para dar cumplimiento a los
cometidos de la DNASSP.
k) Toda otra actividad que dentro del ámbito de su competencia se
determine por la normativa vigente y/o autoridades ministeriales.