APROBACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD SOCIAL POLICIAL (DNASSP) Y REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 18 DE LA LEY 19.315 Y 172 DE LA LEY 19.924
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 172,
Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 18 - TER.
CAPÍTULO III
Artículo 30
Departamento de Logística - Estará a cargo de un Oficial Jefe y tiene como cometidos la aplicación de principios teóricos y técnicas concretas, destinados a administrar, conservar y gerenciar los recursos materiales y logísticos propios de la DNASSP.
Tendrá las siguientes funciones:
a) Realizar las compras y suministros conforme la reglamentación y
legislación vigente.
b) Administrar, organizar y controlar los recursos materiales en función
de inventario patrimonial, adquisiciones, suministro y proveeduría
(vestimenta, insumos de papelería e informáticos, artículos de
limpieza, depósito, etc.) conforme la reglamentación y disposiciones
legales.
c) Relevar y mantener actualizada la información relativa a inventario y
necesidades existentes.
d) Administrar y controlar los servicios de mantenimiento edilicio,
informático y eléctrico.
e) Planificar para cada ejercicio las adquisiciones y elaborar el
presupuesto de las mismas.
f) Gestionar y supervisar los servicios generales.
g) Desarrollar políticas de consumo y uso racional y responsable de
bienes e insumos.