APROBACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD SOCIAL POLICIAL (DNASSP) Y REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 18 DE LA LEY 19.315 Y 172 DE LA LEY 19.924




Promulgación: 17/08/2023
Publicación: 01/09/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 172,
      Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 18 - TER.

CAPÍTULO III

Artículo 29

   Departamento de Recursos Humanos - Estará a cargo de un Oficial Jefe y tendrá las siguientes funciones:

a) La aplicación de principios teóricos y técnicas concretas, destinados
   a reclutar, conservar, utilizar en forma racional y desarrollar los
   recursos humanos de la DNASSP, como de las unidades bajo su órbita.

b) Asesorar, planificar, coordinar y supervisar la administración de los
   recursos humanos.

c) Organizar y mantener actualizado el padrón de cargos y los legajos
   personales.

d) Controlar la asistencia, puntualidad, horarios, cumplimiento de
   viáticos y las distintas compensaciones por parte de todo el personal
   e informar de esto o de cualquier otra irregularidad que se constate.

e) Realizar las propuestas y proyectos de resolución que correspondan en
   relación a ascensos, calificaciones, sanciones, y notificar las
   mismas, así como toda disposición o comunicado que así lo amerite.

f) Tendrá a su cargo el registro de las calificaciones del Personal
   actualizado.

g) Proponer, implementar, supervisar y monitorear los planes de
   capacitación para el ingreso a prestar servicios en la DNASSP, así
   como para la actualización permanente del personal, tendiendo a la
   especialización y profesionalización del mismo.

h) Coordinar y proponer cursos o eventos de carácter académico que
   permitan aumentar las capacidades del personal en diferentes
   disciplinas.

i) Definir perfiles y requisitos excluyentes para el ingreso a
   desempeñarse.

j) Mantener actualizados las bases o sistemas informáticos vinculados a
   su especialización que se determinen por las autoridades competentes.

k) Supervisar y promover el funcionamiento de la Mesa de Salud
   Ocupacional que formará parte del Departamento de RRHH.
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