APROBACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD SOCIAL POLICIAL (DNASSP) Y REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 18 DE LA LEY 19.315 Y 172 DE LA LEY 19.924
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 172,
Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 18 - TER.
CAPÍTULO II
Artículo 20
Departamento de Tutela- Dependerá del Supervisor del Servicio de Prestaciones Sociales y estará a cargo de un Oficial Subalterno. Se encargará de la gestión de las prestaciones, subsidios, beneficios y préstamos y se dividirá en:
a) Sector Subsidios - Se encargará de la gestión de aquellas prestaciones
tendientes a brindar ayudas económicas, sanitarias, médicas y/o de
cualquier otra índole dentro del marco de las competencias de la
DNASSP.
b) Sector Beneficios - Se encargará de la gestión de aquellos beneficios
que se otorguen y/o administren desde la DNASSP con cargo al Fondo de
Tutela y aquellos otros que correspondan al ámbito de su competencia,
como Seguro de Vida, Gastos de Sepelio, Panteón Policial, Ficto Casa
habitación, artículo 145 de la Ley N° 14.106, de 14 de marzo de 1973,
Beneficio artículo 254 de Ley N° 13.032, de 7 de diciembre de 1961 y
modificativas, y demás beneficios de esa índole cuya gestión
corresponda a la DNASSP.
c) Sector Préstamos - Se encargará de la gestión de aquellas prestaciones
tendientes a brindar préstamos económicos, médicos, de insumos y/o de
cualquier otra índole dentro del marco de las competencias de la
DNASSP.