APROBACION DEL REGLAMENTO ORGANICO DE LA DIRECCION NACIONAL DE ASISTENCIA Y SEGURIDAD SOCIAL POLICIAL (DNASSP) Y REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 18 DE LA LEY 19.315 Y 172 DE LA LEY 19.924




Promulgación: 17/08/2023
Publicación: 01/09/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 172,
      Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 18 - TER.

CAPÍTULO II

Artículo 17

   Servicio de Prestaciones Sociales- Dependerá del Coordinador Operativo, estará a cargo de un Oficial Jefe y se encargará de la tramitación de las prestaciones que se realicen con cargo al Fondo de Tutela Social Policial creado por el artículo 87 de la nombrada Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967 y artículo 2 de la citada Ley N° 14.230, de 23 de julio de 1974 y modificativas y el Fondo de Vivienda creado por la referida Ley N° 18.046, de 24 de julio de 2006, artículo 67 y modificativas.

   El Área de Prestaciones Sociales estará conformada por:

a) Supervisor de Prestaciones Sociales
   i. Departamento de Vivienda
   ii. Departamento de Tutela
   1. Sector Subsidios
   2. Sector Beneficios
   3. Sector Préstamos

   iii. Departamento de Bienestar Social
   1. Sector Servicios - Parque Policial
   2. Sector Calidad de vida

   b) Departamento Técnico
   1. Sector Social
   2. Sector Infraestructura
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