FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2004 - TRABAJADORES RURALES




Promulgación: 22/01/2004
Publicación: 03/02/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 141

Artículo 2

 Fijase a partir del 1º de enero de 2004 las retribuciones nominales 
mínimas para los trabajadores rurales empleados en las labores de 
granjas, quintas, jardines, viñedos, criaderos de aves, suinos, conejos, 
apiarios y establecimientos productores en general de verduras, 
legumbres, tubérculos, frutas y flores que reciban alimentación y 
vivienda en los montos que a continuación se detallan:

CATEGORIA                                       MENSUAL     DIARIA

Administrador                                   $ 2.095     $ 83,79
Capataz                                         $ 1.549     $ 61,95
Escribiente                                     $ 1.436     $ 57,41
Peón Especializado, Sereno, Peón
Chacarero                                       $ 1.364     $ 54,59
Peón común                                      $ 1.245     $ 49,81
Menores de 18 años y Cocinero                   $   967     $ 38,69
Servicio doméstico                              $   930     $ 37,22
Peón jornalero                                  -------     $ 59,28 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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