ACTUALIZACION DE LA REGLAMENTACION DEL PATRONATO NACIONAL DE ENCARCELADOS Y LIBERADOS




Promulgación: 16/08/2013
Publicación: 27/08/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 457
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.318 de 28/12/1964 artículo 94.

CAPITULO IV
De los Patronatos del Interior

Artículo 28

 Los Patronatos Departamentales administrarán los bienes o fondos que
aporten personas físicas o jurídicas.
Deberán presentar al Director General del Patronato al menos dos informes
sobre la gestión de los bienes y fondos que administren, el primer informe
debe presentarse en el mes de julio y el segundo en el mes de diciembre;
fuera de estos casos, deberán entregar un informe cuando les sea requerido
por el Director General del Patronato.
Ayuda