IMPUESTO A LAS EXPORTACIONES DE CARNES LACTEOS LANAS Y DERIVADOS




Promulgación: 30/05/1990
Publicación: 03/07/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 578
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.082 de 18/10/1989.
Referencias a toda la norma

DE LAS COMISIONES

Artículo 12

  (Cometidos).- Las Comisiones Departamentales de Tasación tendrán
competencia dentro del ámbito del Departamento de que se trate.

   Tendrá como cometido principal establecer el monto de la indemnización
que percibirá el productor como consecuencia de la eliminación de
animales, productos o subproductos o derivados y destrucción de bienes
muebles.
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