REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 23, 24 Y 25 DE LA LEY 18.996 RELATIVOS LOS PROCEDIMIENTOS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS INSTITUCIONES QUE SE INCORPOREN AL SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA (SNIP)




Promulgación: 31/08/2015
Publicación: 08/09/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículos 23, 24 y 25.

CAPITULO V
DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 22

   (Criterios).- La OPP comunicará periódicamente los criterios aplicables a cada tipo de proyecto y etapa de preinversión para cumplir con los requerimientos mínimos exigidos en las normas técnicas a efectos de obtener el Dictamen Técnico Favorable. Los criterios utilizados a tal efecto podrán establecerse de forma diferenciada para cada institución, en función de las autonomías o cometidos constitucionales o por la conveniencia, en función de los principios y objetivos definidos en los artículos 1° y 2° del presente Decreto.
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