REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 23, 24 Y 25 DE LA LEY 18.996 RELATIVOS LOS PROCEDIMIENTOS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS INSTITUCIONES QUE SE INCORPOREN AL SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA (SNIP)
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículos 23, 24 y 25.
CAPITULO IV
BANCO DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA
Artículo 18
(Banco de Proyectos).- Créase el Banco de Proyectos de Inversión Pública como el sistema de información que tiene por objeto brindar soporte a los procedimientos y normas del SNIP, constituyéndose en el registro único de la inversión pública.