REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 23, 24 Y 25 DE LA LEY 18.996 RELATIVOS LOS PROCEDIMIENTOS QUE DEBERAN CUMPLIR LAS INSTITUCIONES QUE SE INCORPOREN AL SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA (SNIP)




Promulgación: 31/08/2015
Publicación: 08/09/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.996 de 07/11/2012 artículos 23, 24 y 25.

CAPITULO III
PROCEDIMIENTO GENERAL

Artículo 14

   (Observaciones).- En caso de que OPP realice observaciones a un estudio en la etapa de preinversión, el mismo quedará como "pendiente" hasta que el proponente levante las observaciones que ameritaron tal pronunciamiento. Hasta tanto no lo haga, el plazo previsto en el inciso segundo del artículo 12° del presente Decreto se suspenderá.
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