Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo 59.
VISTO: el artículo 59 de la Ley N° 17.930 de 19 de diciembre de 2005;
RESULTANDO: I) que la citada disposición crea en el Programa 001
"Determinación y Aplicación de la Política de Gobierno" del Inciso 02
"Presidencia de la República", un cargo de Coordinador de los Servicios de
Inteligencia del Estado.
II) que el mismo depende en forma directa del Presidente de la República y
tiene por cometido la coordinación de los servicios estatales con
injerencia en la materia, sin perjuicio de las responsabilidades políticas
que le correspondan a los jerarcas de los Incisos en cuyo ámbito actúan;
CONSIDERANDO: la necesidad de reglamentar la disposición precedente;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
El presente Decreto tiene por objeto establecer el marco normativo para
la correcta coordinación de los servicios estatales con injerencia en
materia de inteligencia, según los términos de la disposición que se
reglamenta.
JOSE MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - LUIS ROSADILLA - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - EDGARDO ORTUÑO - EDUARDO BRENTA - DANIEL OLESKER - DANIEL GARIN - HECTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA
- ANA MARIA VIGNOLI