CREACION DE DOS CARGOS EN LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO DE GESTION ELECTRONICA Y LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION Y DEL CONOCIMIENTO (AGESIC)




Promulgación: 23/06/2011
Publicación: 04/07/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 1318
VISTO: lo dispuesto por el art. 72 de la ley N° 18.362 de 6 de octubre de
2008 y el art. 149 de la ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010;

RESULTANDO: I) que dichas disposiciones crean en la órbita de la Agencia
para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la
Información y del Conocimiento (AGESIC) la Dirección de Derechos
Ciudadanos y la Dirección de Seguridad de la Información, respectivamente;

II) que la estructura organizativa y de puestos de trabajo de AGESIC,
aprobada por Decreto N° 307/2007 de 27 de agosto de 2007 y complementada
por el Decreto N° 301/008 de 23 de junio de 2008 y sus modificativos
(Decreto N° 371/008 de 4 de agosto de 2008 y Decreto N° 618/008 de 12 de
diciembre de 2008), no contempla tales Direcciones;

CONSIDERANDO: I) que es necesario adecuar dicha estructura organizativa y
de puestos de trabajo a efectos de incorporar las Direcciones creadas por
las disposiciones legales referidas;

II) que también procede adecuar esta estructura a los nuevos cometidos y
potestades atribuidos a AGESIC por la reciente Ley de Presupuesto Nacional
N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 (artículo 148 y siguientes), para
hacer posible el logro de los objetivos y metas referentes al desarrollo
del Gobierno Electrónico en la Administración Pública;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el artículo
55 de la ley N° 18.046 de 24 de octubre de 2006;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Créase en la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión
Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento dos puestos
de trabajo de "Director", correspondientes respectivamente a la Dirección
de Derechos Ciudadanos, creada por el artículo 72 de la ley N° 18.362 de 6
de octubre de 2008, y a la Dirección de Seguridad de la Información,
creada por el artículo 149 de la ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010,
con las siguientes características y condiciones:

ESCALAFÓN     GRADO     DENOMINACIÓN     SERIE          CONDICIÓN
    A          16         Director     Profesional     ó B 15 Técnico
    A          16         Director     Profesional     ó B 15 Técnico

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO

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