CREACION DE DOS CARGOS EN LA AGENCIA PARA EL DESARROLLO DEL GOBIERNO DE GESTION ELECTRONICA Y LA SOCIEDAD DE LA INFORMACION Y DEL CONOCIMIENTO (AGESIC)
Incorpóranse los puestos de trabajo referidos en el artículo 1° anterior,
a la estructura de puestos de trabajo de AGESIC, conforme luce en el Anexo
adjunto (*), que se considera parte integrante del presente Decreto.