REGLAMENTACION DE LA LEY 18.126 RELATIVA A LAS BASES DE LA DESCENTRALIZACION Y COORDINACION DE POLITICAS AGROPECUARIAS CON BASE DEPARTAMENTAL




Promulgación: 18/06/2007
Publicación: 27/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1305
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.126 de 12/05/2007.

Artículo 15

 En la primera sesión del Consejo Agropecuario Departamental se implementará en un plazo de 10 días hábiles, un llamado público a efectos de que las cooperativas agropecuarias, organizaciones gremiales agropecuarias y las Juntas Departamentales designen dentro de un plazo de 30 días corridos contados a partir de la convocatoria, a los respectivos representantes titular y alterno, a efectos de integrar las Mesas de Desarrollo Rural.
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