REGLAMENTACION DE LA LEY 18.126 RELATIVA A LAS BASES DE LA DESCENTRALIZACION Y COORDINACION DE POLITICAS AGROPECUARIAS CON BASE DEPARTAMENTAL




Promulgación: 18/06/2007
Publicación: 27/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1305
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.126 de 12/05/2007.
VISTO: la ley Nº 18.126, de fecha 12 de mayo de 2007, que establece las 
bases de la "Descentralización y Coordinación de Políticas Agropecuarias 
con base Departamental";

RESULTANDO: I) que a partir del actual Gobierno, el Ministerio de 
Ganadería, Agricultura y Pesca pretende ser un articulador a nivel local 
de las acciones de las Unidades Ejecutoras y Proyectos de esa Cartera de 
Estado, adoptando un sistema integrado, centralizado en el departamento y
descentralizado de la gestión desde la capital;

II) que se aprecia una notoria carencia de integración con la sociedad 
agropecuaria así como una marcada ausencia de articulación dentro de la 
institucionalidad agropecuaria y pesquera;

III) que es necesaria la coordinación departamental a efectos de una 
mejor racionalización de los recursos humanos, materiales, económicos y 
tecnológicos, logrando un seguimiento y evaluación de las políticas 
diseñadas para las características de cada región o departamento;

CONSIDERANDO: que el artículo 13 de la ley Nº 18.126 establece que el 
Poder Ejecutivo reglamentará la ley dentro de un plazo de noventa días 
desde la promulgación;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el ordinal 4º
del artículo 168 de la Constitución de la República,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 El Consejo Agropecuario convocará a sus órganos a sesionar por lo menos
una vez al año. También podrá ser citado en cualquier momento por iniciativa del Señor Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca. El
mismo se reunirá en cualquier dependencia que posea el Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca dentro del territorio nacional.

TABARE VAZQUEZ - JOSE MUJICA - DAISY TOURNE - JORGE BROVETTO
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