A los efectos del otorgamiento del Premio precitado la Junta Nacional de
Drogas solicitará a los Jerarcas o Directores de las Instituciones
referidas en el artículo 2° una lista de funcionarios que se hayan
destacado en la lucha contra el narcotráfico, en la prevención y
tratamiento de la adicción a las drogas o actividades contra el lavado de
activos.