Los requisitos exigidos para la obtención del Pasaporte Oficial serán
los mismos que para la obtención de un Pasaporte común, exceptuándose de ello a las personas comprendidas en los literales a), b) y d) del
artículo 5° y los literales a) y b) del artículo 6° del presente Decreto.
(*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 312/014 de 31/10/2014 artículo 4.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 21/010 de 22/01/2010 artículo 8.