(Fuentes de financiamiento del Servicio Postal Universal).- El Fondo de Financiamiento del Servicio Postal Universal será aplicado exclusivamente para satisfacer las necesidades del Servicio Postal Universal, de acuerdo a lo dispuesto por el literal F) del artículo 12 de la Ley N° 19.009 y por el artículo 12 del Código Tributario.