El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.437 de 12/12/2008 artículo 51 literal M).
Artículo 3
Establécese que el ingreso de un extranjero o nacional con estudios superiores o universitarios parciales realizados en el exterior en una universidad uruguaya, es potestad de la propia institución nacional, la que evaluará los antecedentes académicos que presente como parte de sus procesos internos de admisión, dentro del marco normativo vigente.