NORMATIVA SOBRE APLICACION DEL ACUERDO SOBRE SALVAGUARDIAS. RONDA URUGUAY DE NEGOCIACIONES COMERCIALES MULTILATERALES




Promulgación: 08/01/1999
Publicación: 18/01/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 16
Referencias a toda la norma

CAPITULO III - DEL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACION
SECCION IV - DE LA INVESTIGACION

Artículo 33

Vencido el plazo previsto en el artículo anterior, se considerará
finalizada la instrucción del procedimiento. Las informaciones recibidas
posteriormente no serán consideradas a los efectos del pronunciamiento de
la Comisión de Aplicación.- (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 47 y 75.
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