REGLAMENTACION DE LA LEY 18.083, RELATIVO AL MONOTRIBUTO




Promulgación: 11/06/2007
Publicación: 20/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1204
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículos 70, 71, 72, 73, 
74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 85 y 86.

Artículo 18

 Permisos municipales. El otorgamiento y renovación de todo tipo de permisos otorgados por los Gobiernos Departamentales para el ejercicio de actividades incluidas en el régimen de monotributo estará condicionado al contralor por parte de la referida autoridad del justificativo de inscripción ante la Dirección General Impositiva y el Banco de Previsión Social.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 23 (vigencia).
Ayuda