FIJACION DE ZONAS DE PROTECCION DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE COLONIA "LAGUNA DE LOS PATOS"




Promulgación: 15/06/2004
Publicación: 14/04/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 80/023 de 13/03/2023 artículo 6.
VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual
solicita se determinen las Zonas de Protección del Aeropuerto
Internacional de Colonia "Laguna de los Patos".-

RESULTANDO: que el "Capítulo III del Título V" del Código Aeronáutico
aprobado por el Decreto-Ley 14.305 de 29 de noviembre de 1974,
"Limitaciones al Dominio en Beneficio de la Navegación Aérea", prevé la
fijación de zonas de protección en los aeródromos y aeropuertos, en las
zonas vecinas a los mismos, como también restricciones especiales en los
predios linderos respecto a construcciones, mantenimiento de
edificaciones, instalaciones y cultivos que puedan afectar la seguridad
de las operaciones aeronáuticas y el procedimiento de remoción de
obstáculos.-

CONSIDERANDO: la necesidad de determinar las Zonas de Protección del
mencionado Aeropuerto, - a efectos de mantener operativa la pista -,
aprobándose el respectivo plano, despejándose obstáculos y
estableciéndose la prohibición de edificar o plantar por encima de
determinada altura, acorde a la norma legal precitada.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 77
y siguientes del Código Aeronáutico, a lo informado por el Comando
General de la Fuerza Aérea y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.-

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 197/004 de 15/06/2004 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 197/004 de 15/06/2004 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 197/004 de 15/06/2004 artículo 3.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 197/004 de 15/06/2004 artículo 4.

Artículo 5

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 197/004 de 15/06/2004 artículo 5.

Artículo 6

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 197/004 de 15/06/2004 artículo 6.

BATLLE - YAMANDU FAU.
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