REGLAMENTACION DEL ARTICULO 8º DE LA LEY 19.924, RELATIVO A LA ACTUALIZACION DE LAS ESTRUCTURAS ORGANIZATIVAS Y PUESTOS DE TRABAJO DE LOS INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 14/06/2022
Publicación: 21/06/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 8.
Referencias a toda la norma

TITULO IV - NORMAS DE PROCEDIMIENTO

Artículo 15

   Plazo de presentación. Los proyectos de reformulación de las Estructuras Organizativas y de puestos de trabajo deberán ser presentados ante la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para su remisión a la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional, antes del 15 de agosto del 2023, y deberán estar concluidos antes del 1 de setiembre del presente año, a efectos de su remisión a la Asamblea General, conforme lo previsto por el inciso noveno del artículo 8 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, en la redacción dada por el artículo 7 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022.

   A dichos efectos, el CEPRO deberá proponer el cronograma de trabajo en un plazo máximo de diez días desde la aprobación del presente Decreto."

   El CEPRO comunicará en forma fehaciente dicho cronograma de trabajo a cada Inciso y organismos interesados según lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 226/023 de 25/07/2023 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 195/022 de 14/06/2022 artículo 15.
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