COOPERATIVAS DE VIVIENDAS. CONSERVACION DE DERECHOS ADQUIRIDOS




Promulgación: 02/04/1987
Publicación: 03/06/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 516
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.853 de 24/12/1986.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

    Las Elecciones del Consejo Directivo y Comisión Fiscal de las Unidades
Cooperativas de Vivienda y de las Cooperativas Matrices de Vivienda se
harán por votación secreta.
Las elecciones podrán ser controladas por la Inspección General de
Hacienda, la que contará de considerarlo necesario con la colaboración de
la Corte Electoral.
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