Fe de erratas publicada/s:15/06/1984.
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.841 de 22/11/1978.
Artículo 5
El Ministerio de Economía y Finanzas, si las circunstancias así
lo aconsejan podrá establecer mediante resolución fundada, limitaciones
con carácter general a la autorización de nuevos juegos, suertes, rifas,
apuestas públicas y similares.