A partir del 1° de julio de 2020 el monto mínimo de la asignación de pensión de sobrevivencia servida por el Banco de Previsión Social, será equivalente a 3,05 veces la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC).
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 7, 8 y 9.