APROBACION DEL PRESUPUESTO POR PROGRAMA DE LA DELEGACION DEL URUGUAY EN LA COMISION TECNICA MIXTA DE SALTO GRANDE




Promulgación: 06/03/1975
Publicación: 14/03/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

  La Delegación del Uruguay ante la Comisión Técnica Mixta rendirá cuenta
de la ejecución presupuestal ante el Ministerio de Relaciones Exteriores
en los 60 días siguientes al vencimiento de cada año civil.(*)

 La Delegación del Uruguay ante la Comisión Técnica Mixta de
Salto Grande rendirá cuenta de su gestión presupuestal conjuntamente con
las inversiones y gastos imputables al costo de la obra y ante el
Organismo responsable de su contralor.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 37/976 de 02/01/1976 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 177/975 de 06/03/1975 artículo 3.
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