REGLAMENTACION AL REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO. BANCO DE PREVISION SOCIAL. BUENOS PAGADORES




Promulgación: 12/06/2006
Publicación: 16/06/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 1124
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.963 de 19/05/2006.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 (Convenios vigentes suscritos al amparo de leyes especiales). Los
contribuyentes podrán solicitar la reliquidación de los convenios de
facilidades vigentes, suscritos al amparo de leyes especiales, a efectos
de la inclusión de los saldos en las facilidades que se reglamentan.
A tales efectos, el número de cuotas que se otorgue no podrá superar el
saldo que resulte de restar, al máximo de cuotas que autoriza la ley que
se reglamenta, la cantidad de cuotas canceladas por el convenio
anterior.
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