REGLAMENTACION DEL ART. 81 DE LA LEY 19.535, RELATIVO A COMPETENCIAS, INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR HONORARIO DE LA EMIGRACION URUGUAYA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 81.
Artículo 9
La Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación proporcionará a los delegados asesores integrantes del Consejo, únicamente aquella información de naturaleza pública relativa a las actividades que se realizan con los compatriotas en el exterior en el marco de su vinculación con la República, de conformidad con lo establecido por la Ley N° 18.381 de fecha 17 de octubre de 2008, así como también al amparo de la Ley de Protección de Datos Personales, Ley N° 18.331 de fecha 11 de agosto de 2008.