REGLAMENTACION DE LA LEY 19.791 RELATIVA A EXPEDICION DE CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES JUDICIALES




Promulgación: 13/01/2020
Publicación: 22/01/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.791 de 30/08/2019.
Referencias a toda la norma
   VISTO: lo dispuesto en la Ley 19.791 de fecha 30 de agosto de 2019 referente a las medidas preventivas para Instituciones que impliquen trato directo con niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia.

   RESULTANDO: que se entiende pertinente crear el marco normativo que regule la expedición de un certificado, sin costo para la Institución que recibe la información, donde se acredite que la persona a ser contratada posee o no antecedentes judiciales de delitos contemplados en la citada Ley.

   CONSIDERANDO: que resulta necesario reglamentar diversos aspectos de la operativa de expedición del referido certificado, como ser forma de tramitación y costo para el interesado.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 168 numeral 4 de la Constitución y Ley N.° 19.791 de 30 de agosto de 2019.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   La Dirección Nacional de Policía Científica en Montevideo, y los Departamentos de Policía Científica en el interior del país, expedirán "Certificados de Antecedentes Judiciales según la Ley 19.791" de acuerdo a la disposiciones que a continuación se establecen.

   TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE VÁZQUEZ
Ayuda