REGLAMENTACION DE LA LEY DE PARTICIPACION PUBLICO PRIVADA




Promulgación: 26/01/2012
Publicación: 09/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 110
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.786 de 19/07/2011.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO DÉCIMO - GARANTÍAS EN BENEFICIO DE LOS ACREEDORES

Artículo 83

 Presentación de oferentes

Los oferentes interesados en participar de la subasta, deberán acreditar
ante la Administración contratante, en forma previa a la subasta, el
cumplimiento de los requisitos exigidos en el llamado.

La Administración pública contratante autorizará la participación en la
subasta a aquellos oferentes que hayan acreditado el cumplimiento de los
requisitos exigidos, dentro de los plazos establecidos en el llamado
público realizado. Solamente estarán autorizados a participar en la
subasta aquellos oferentes que hayan sido previamente autorizados a tales
efectos por la Administración contratante.
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