REGLAMENTACION DE LA LEY DE PARTICIPACION PUBLICO PRIVADA




Promulgación: 26/01/2012
Publicación: 09/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 110
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.786 de 19/07/2011.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO OCTAVO - EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO-PRIVADA

Artículo 69

 Régimen sancionatorio

Los contratos suscritos para el desarrollo de proyectos de Participación
Público-Privada deberán establecer las sanciones aplicables para los
distintos casos de incumplimiento o cumplimiento defectuoso de la
prestación objeto del mismo, así como los factores agravantes o atenuantes
en caso de corresponder. Las sanciones se graduarán en función de la
gravedad y de la reiteración de los incumplimientos, pudiéndose llegar a
la rescisión del contrato.
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