Son cometidos de la Comisión Honoraria de la Lucha contra la
Hidatidosis:
A) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y evaluar los programas
de carácter nacional que fueren necesarios para erradicar la
enfermedad hidática;
B) Organizar, dirigir y coordinar los programas de información,
educación pública y difusión para combatir la hidatidosis;
C) Administrar y disponer los créditos presupuestales y los demás
recursos que establezca la Ley a fin de aplicarlos a sus respectivos
programas;
D) Contratar el personal o los servicios que se consideren necesarios
por un término no mayor de un año, dando cuenta al Poder Ejecutivo.
Hasta el 20% (veinte por ciento) de sus recursos podrán ser
afectados para tal fin.
La Comisión Nacional utilizará preferentemente personal presupuestado y
servicios del Ministerio de Salud Pública o, previo acuerdo, los de
otras dependencias oficiales vinculadas a la lucha antihidática,
proponiendo su designación o traslado según corresponda;
E) Concertar acuerdos con organismos nacionales y proponer acuerdos
internacionales, previo aprobación por el Poder Ejecutivo, a fin de
dar mayor eficacia a la campaña educativa y profiláctica y de lograr
una mayor economía para el erario;
F) Vigilar e informar al Poder Ejecutivo sobre el cumplimiento de los
compromisos internacionales concernientes a la Hidatidosis;
G) Coordinar y supervisar la actuación de las Comisiones Regionales,
Departamentales y Locales, reglamentando en todos los casos su
funcionamiento;
H) Administrar los recursos económicos necesarios para el cumplimiento
de sus cometidos de acuerdo con las autorizaciones presupuestales,
incluyendo la producción, compra y distribución onerosa o gratuita de
cestodicidas y elementos de lucha contra la hidatidosis;
I) Desarrollar experiencias de investigación científica en su materia;
J) Efectuar encuestas y confeccionar estadísticas, por sí o con los
Ministerios de Salud Pública y de Ganadería, Agricultura y Pesca, la
Facultad de Veterinaria, la Dirección General de Estadística y Censos
y demás organismos competentes;
K) Fijar el valor de la patente de perro y fiscalizar su cobro;
L) Fiscalizar la aplicación de las normas vigentes y aplicar las multas
correspondientes;
M) Llevar el Registro Nacional de Patentes de Perro;
N) Dictar el Reglamento Interno de la Comisión Nacional;
O) Disponer el cumplimiento de todas las medidas de administración
requeridas para el desarrollo de sus cometidos dentro del marco de
las normas legales y reglamentarias vigentes.