COMISION NACIONAL HONORARIA DE LUCHA CONTRA LA HIDATIDOSIS. REGLAMENTACION




Promulgación: 20/03/1991
Publicación: 24/07/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 92
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 16.106 de 24/01/1990,
      Ley Nº 13.459 de 09/12/1965 artículos 18 y 19.
Referencias a toda la norma

Artículo 14

   El Director Ejecutivo tendrá las siguientes atribuciones:

A)  Presentar los planes, programas y reglamentos técnicos a aprobación de
    la Comisión Nacional;
B)  Desarrollar los objetivos aprobados por la Comisión Nacional,
    comunicarlos a las demás Comisiones y al personal y tomar las
    decisiones básicas necesarias para alcanzarlos;
C)  Organizar los servicios técnicos y de apoyo;
D)  Mantener informada a la Comisión del funcionamiento de los servicios y
    proponer medidas para mejorarlo;
E)  Ejecutar todas las tareas e investigaciones que le encomiende la
    Comisión;
F)  Previa consulta con el Presidente de la Comisión Nacional, el Director
    Ejecutivo podrá adoptar las medidas urgentes que sean requeridas,
    poniéndolas en conocimiento de la Mesa Ejecutiva;
G)  Dirigir el funcionamiento administrativo y supervisión del personal
    asignado al cumplimiento de tareas en dependencia directa de la
    Comisión Honoraria;
H)  Dirigir el apoyo administrativo y técnico para asegurar el mejor
    funcionamiento de la Comisión Honoraria cuando ésta sesione en forma
    plenaria, con carácter ordinario o extraordinario. 
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