Visto: la necesidad de reglamentar la ley 16.106 de 24 de enero de
1990.
Considerando: I) que la misma establece diversas modificaciones a la
ley 13.459 de 9 de diciembre de 1965 por la que creó la Comisión Honoraria
de Lucha Contra la Hidatidosis;
II) Que la citada Comisión, luego de un pormenorizado estudio, propuso
el reglamento a adoptar.
Atento: a lo establecido por el artículo 168, numeral 4 de la
Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
La profiláxis antihidática, incluidos los aspectos de investigación y
de aplicación de medidas sanitarias oficiales, quedan a cargo de la
Comisión Honoraria creada por el artículo 2 de la Ley que se reglamenta.
LACALLE HERRERA - ALFREDO SOLARI - JUAN ANDRES RAMIREZ - ENRIQUE BRAGA
SILVA - GUILLERMO GARCIA COSTA - ALVARO RAMOS