REGLAMENTACION DEL IRAE. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 709
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS
CAPITULO VI - EXONERACIONES
SECCION VI - OTRAS EXONERACIONES

Artículo 160

 Mercaderías en tránsito.- Estarán exoneradas las rentas provenientes de 
actividades lucrativas desarrolladas en el exterior y en los recintos 
aduaneros, recintos aduaneros portuarios, depósitos aduaneros y zonas 
francas, por entidades no residentes con mercaderías de procedencia 
extranjera manifestadas en tránsito por el territorio aduanero nacional o
depositadas en dichos exclaves, cuando no tengan origen en territorio 
aduanero nacional, ni estén destinadas al mismo. 

En caso que las mercaderías tengan por destino el territorio aduanero 
nacional, la exoneración será aplicable siempre que tales operaciones 
no superen en el ejercicio el 5% (cinco por ciento) del monto total de 
las enajenaciones de mercaderías en tránsito o depositadas en los 
exclaves, que se realicen en dicho período. En tal caso será de
aplicación al importador el régimen de precios de transferencia.

En caso de incumplimiento de la condición de destino a que refieren los 
incisos anteriores, será de aplicación lo dispuesto en el literal b) del
artículo 21º. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 183 (vigencia).
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