REGLAMENTACION DEL IRAE. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 709
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS
CAPITULO VI - EXONERACIONES
SECCION IV - LEY DE PROMOCION DE INVERSIONES

Artículo 139

 Software; declaración.- Declárase de Interés Nacional la actividad de 
producción del sector software, en condiciones de competencia 
internacional.
 Las entidades que produzcan soportes lógicos y los servicios vinculados
a los mismos, cualquiera sea su lugar de aprovechamiento, serán
consideradas a efectos de las contribuciones especiales de seguridad
social, prestadoras de servicios personales profesionales universitarios
con independencia de su naturaleza jurídica, a condición que la totalidad
de sus socios o directores, según el caso, sean profesionales
universitarios y presten efectivo servicios en dichas entidades. (*)
 

(*)Notas:
Inciso final agregado/s por: Decreto Nº 258/007 de 23/07/2007 artículo 4.
Ver en esta norma, artículo: 183 (vigencia).
Referencias al artículo
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