REGLAMENTACION DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 695
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 9.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES
CAPITULO II - RESPONSABLES
SECCION III - RENDIMIENTOS DEL CAPITAL
ARRENDAMIENTOS Y OTROS RENDIMIENTOS DEL CAPITAL INMOBILIARIO

Artículo 32

 (Agentes de retención).- Desígnase a los sujetos que a continuación se detalla, agentes de retención del Impuesto a la Renta de los No Residentes, por el impuesto correspondiente a los arrendamientos y otros rendimientos de capital inmobiliario que paguen o acrediten, por sí o por terceros, a los contribuyentes de este impuesto:

a)     El Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos, los 
       Servicios Descentralizados y demás personas públicas estatales y
       no estatales.
b)     Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades 
       Económicas (IRAE) no incluidos en el literal anterior. (*)
c)     La Contaduría General de la Nación y las demás entidades que 
       prestan conjuntamente servicios de garantía y cobranza de 
       arrendamientos, no incluidos en los literales anteriores.
d)     Las entidades no incluidas en los literales anteriores que 
       administran propiedades realizando la cobranza de arrendamientos.(*)
e)     Las entidades comprendidas en el artículo 9º del Título 8 del
       Texto Ordenado 1996, excepto las sucesiones indivisas.
f)     Las asociaciones y fundaciones no sujetos pasivos del Impuesto a 
       las Rentas de las Actividades Económicas.

(*)Notas:
Ver: literales b) y d) Decreto Nº 343/023 de 26/10/2023 artículo 1 
(suspende retención).
Referencias al artículo
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