REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 15 A 17-TER DE LA LEY 16.906 (LEY DE INVERSIONES Y PROMOCION INDUSTRIAL)




Promulgación: 22/05/2018
Publicación: 29/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.906 de 07/01/1998 artículos 15, 16, 17, 17 - 
BIS y 17 - TER.
Referencias a toda la norma

Artículo 29

   (Aplicación de beneficios con resolución pendiente).- Las empresas que hayan presentado la solicitud de declaratoria promocional y tengan pendiente de resolución por parte del Poder Ejecutivo la obtención de beneficios en relación al IRAE y al IP, podrán liquidar y abonar dichos tributos considerando la hipótesis de que los referidos beneficios hubiesen sido aprobados en las condiciones solicitadas.

   En caso de que la resolución del Poder Ejecutivo no otorgue la totalidad de los beneficios solicitados en el proyecto presentado a su consideración, las diferencias resultantes podrán ser abonadas, sin multas ni recargos, hasta el tercer mes siguiente a dicha resolución.
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