CAPITULO III - ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO PROBATORIO
Artículo 24
(Condiciones para la puesta de manifiesto) - En el caso de la prueba
agregada fuese en todo o en parte contraria a los derechos del
peticionario, sus resultancias serán puestas de manifiesto por el plazo de
60 días. El acto administrativo que lo resuelva indicará con precisión el
o los puntos que no resultaron acreditados. (*)