MODIFICACION DEL ART. 39 TER DEL DECRETO 220/998, RELATIVO A EXONERACIONES DEL IVA EN VENTA DE LUMINARIAS LED AL ESTADO Y GOBIERNOS DEPARTAMENTALES CON DESTINO AL ALUMBRADO PUBLICO




Promulgación: 13/05/2019
Publicación: 20/05/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.681 de 26/10/2018.

Artículo 5

   Obligaciones especiales.- Se consideran obligaciones especiales para poder estar incluido en el registro:     
  a) Utilizar los insumos que ingresen exclusivamente para el destino
     amparado.
  b) Suministrar al MIEM, cuando sea solicitado, los datos sobre los
     insumos importados al amparo del presente régimen, su utilización y
     destino final así como las existencias disponibles.
  c) Permitir que el MIEM disponga de las inspecciones a los efectos de
     verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el
     presente decreto y su reglamentación.
   Sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder ante el incumplimiento de obligaciones especiales el MIEM podrá suspender del registro de forma temporal o permanente.

(*)Notas:
Ver: Resolución MIEM S/N de 12/08/2019 numeral 5.
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