COMPENSACION POR DESEMPEÑO TRANSITORIO DE FUNCION. La compensación
mensual por desempeño transitorio de función será percibida, por los
funcionarios que realicen las tareas que se detallan, de acuerdo a los
siguientes valores vigentes al 1º de enero de 1997:
Maquinista $ 891
Telefonista " 891
Personal de "Servicios Generales"
que realice tareas en los almacenes
de la Proveeduría " 891
Cajero " 446
Contador de billetes " 390
Personal afectado al manejo de
Valores Deuda Pública " 390
Sereno " 67 (*)